La acción de tutela, una deuda social pendiente en la justicia panameña.
Contenido principal del artículo
Resumen
En Panamá las normas, recursos judiciales y mecanismos de aplicación no se
corresponden con la aspiración de contar con una adecuada y real salvaguarda de los
derechos, incluyendo los fundamentales. Los procedimientos judiciales existentes son
insuficientes con limitaciones en su acceso y la respuesta institucional.
La distancia entre la norma y la realidad ciudadana, genera un corte entre estos factores
de poder, agravado por trámites lentos y formalistas. Ante está realidad específica, la
Acción de Tutela, deviene en una opción, en la búsqueda de contar con una herramienta
jurídica que garantice y actúe como mecanismo de protección de los derechos
fundamentales de las personas en Panamá.
Se han presentado como mínimos tres proyectos de Ley en búsqueda de darle vida a la
1. El Proyecto de Ley 72 de 2009 presentado por la Corte Suprema de Justicia "Por el
cual se fortalece la protección de los derechos fundamentales y humanos, se crea y
desarrolla una jurisdicción especializada para su adecuada tutela y se modifican y
adicionan normas del Código Judicial sobre instituciones de garantía"
2. Proyecto de Ley presentado y prohijado en la Comisión de Gobierno, Justicia y
Asuntos Constitucionales de la Asamblea Nacional Anteproyecto de Ley 49 de 2014
presentado por el Diputado Elias Castillo “por el cual se establece la acción de
tutela en la República de Panamá”.
3. El Colegio Nacional de Abogados (CNA) presentó propuesta de ley con miras a que
se implemente en Panamá la llamada Acción de Tutela en el año 2020.
🎧 Audio del cartel
Descargas
Detalles del artículo
Sección

Esta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0.